Preguntas frecuentes
La interposición de la demanda dependerá directamente del acreedor con el cual usted tiene la deuda, y puede variar por los criterios que puedan tener (por ejemplo comportamientos de pago, cuotas pactadas y pagadas, etc)No. En Chile no existe la prisión por deudas. Diferente es el caso cuando se han utilizado por parte del deudor documentos de forma fraudulenta para poder obtener algún crédito , esto ya es configurado como delito y es visto en materia penal; o tratándose de deudas alimenticias, en donde la ley reconoce la posibilidad de arresto por no pago.
No. Esto es porque el registro de propiedad de los vehículos está inscrito en el registro civil; si el vehículo no está a nombre del deudor no puede ser embargado.
Sí, se puede presentar al tribunal un incidente de nulidad contando con el patrocinio de un abogado, quien deberá demostrar al tribunal que ya no resides en ese domicilio. Si resuelven a tu favor la notificación quedará sin efecto, pero deberá informarse tu nuevo domicilio para seguir con el procedimiento. En este caso se aconseja verificar detalladamente la estrategia con su abogado.
Por regla general no, debido a que la prenda busca garantizar el pago del crédito prendario. Sin embargo, existen automotoras que pueden realizar novaciones de crédito, las que están sujetas a ciertas condiciones que contempla el acreedor que otorga el crédito prendario.
Sí, las cajas de compensación pueden solicitar el descuento por planilla de la cuota, incluso cambiándose de caja al cambiar de empleador. Es importante revisar si en algún momento la deuda fue judicializada y en qué estado se encuentra.